Lo que tienes que saber sobre el proyecto de ley reforma del Código de Aguas

El proyecto de ley sobre la reforma del Código de Aguas en aspectos generales, apunta a fortalecer el carácter de bien de uso público del agua, dándole prioridad a su consumo humano. También contempla la consagración de su acceso como un derecho humano básico y la necesidad de afrontar los efectos del cambio climático.

El proyecto de ley contempla que los Derechos de Aprovechamiento de Aguas se categoricen de acuerdo a sus usos y prioridades. En primer lugar Subsistencia; Consumo Humano dos; Preservación ecosistémica y en tercero, Productivas.

Para los nuevos titulares de Derechos de Aprovechamiento de Agua (DAA) estos pierden la calidad de perpetuos pasando a una concesión por 30 años prorrogables, pero podrían caducar con anterioridad si operan las causales contempladas en la ley.

Además, estos pueden ser redistribuidos para reducir los daños generales derivados de la sequía, y cuando se acrediten graves carencias para satisfacer la función de subsistencia de la población.

No puedan ser utilizados para fines distintos a los solicitados cuando se otorgó por la autoridad. Y la as Organizaciones de Usuarios de Aguas podrán presentar solicitudes de regularización en representación de sus usuarios que cumplan individualmente los requisitos para ello, cuando cuenten con autorización expresa de los usuarios de aguas interesados en someterse al procedimiento.

Finalmente el proyecto de reforma al Código de Aguas pretende que los titulares de DAA que no hayan perfeccionado sus títulos, en un plazo determinado a partir de la publicación del nuevo Código, paguen una multa de hasta 100 UTM.

Recomendaciones

  • Inscribir los derechos de aprovechamiento en el Registro de Propiedad de Aguas del CBR respectivo, de manera de evitar caducidades.
  • Perfeccionar derechos de aprovechamiento, de manera de poder registrarlos en el Catastro Público de Aguas yevitar multas.
  • Regularizar usos consuetudinarios o derechos provenientes del proceso de reforma agraria, toda vez que no se permitirá luego de 5 años de publicada la ley.
  • Frente a los cambios constitucionales que podrían existir, regularizar y consolidar autorizaciones para extraer, conducir y aprovechar las aguas.
 
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