Obligación anual para las Organizaciones de Usuarios de Aguas
Cada año, todas las Juntas de Vigilancia, Asociaciones de Canalistas y Comunidades de Aguas deben enviar el Registro de Comuneros actualizado a la Dirección General de Aguas (DGA), antes del 31 de diciembre, conforme a lo establecido en el artículo 122 bis del Código de Aguas.
Este registro consolida la información de los titulares de derechos de aprovechamiento, sus mutaciones de dominio y los puntos de captación, asegurando transparencia, trazabilidad y orden administrativo en la gestión hídrica del país.
Formato y vías de envío
Formato obligatorio:
Archivo Excel, siguiendo el modelo oficial disponible en:
👉 https://dga.mop.gob.cl/registro-de-comuneros/
Envío del archivo:
Correo electrónico: dga.orgusuarios@mop.gov.cl
Incluir carta conductora.
Tamaño máximo por archivo: 25 MB
Si el envío se realiza en varios correos, estos deben estar debidamente individualizados.
Las Juntas de Vigilancia pueden enviar también los registros de AC, CA y CASUB bajo su jurisdicción, siempre respetando el formato exigido por la DGA.
El no envío o envío fuera de norma puede derivar en sanciones contempladas en el artículo 173 N°1 del Código de Aguas.
¿Por qué es importante el Registro de Comuneros?
Este registro cumple funciones clave para el funcionamiento del sistema hídrico:
Ordena y transparenta la información de usuarios de aguas.
Facilita la fiscalización y la planificación hídrica por parte de la autoridad.
Es fundamental para regularizaciones, decretos de escasez hídrica, priorizaciones y postulaciones a instrumentos de fomento como la CNR.
Contribuye a la modernización y fortalecimiento institucional de las OUA.
Certificación de recepción del envío
La organización puede solicitar comprobante de ingreso a través de:
El mismo correo: dga.orgusuarios@mop.gov.cl
La Oficina de Partes Virtual del MOP: https://opv.mop.gob.cl
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